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Procedimiento para designar horas de apoyo autorizadas por la DGES

  1. Las horas de apoyo asignadas deberán ofrecerse inicialmente dentro del Liceo a los docentes del propio centro, intercalando docencia directa e indirecta, y ordenados según lo establecido en el artículo 13 del Estatuto del Funcionario Docente (EFD). Se priorizará a docentes efectivos e interinos, conforme al siguiente orden:

    a) Primera ronda: paquete completo hasta alcanzar un máximo de 48/50 horas semanales.
    b) Segunda ronda: si no se elige en la instancia anterior, en el mismo acto podrá volver a ofrecerse el paquete completo, hasta alcanzar un máximo de 60 horas semanales. No se podrá superar este tope. 

  2. Si luego de esta instancia la vacante persiste, el paquete podrá fraccionarse en dos y ofrecerse nuevamente dentro del centro a los docentes del Liceo.
  3. Si las vacantes aún no se cubren, el paquete completo deberá ofrecerse a todos los docentes interesados del departamento, a través de las respectivas CODED, respetando el mismo orden de prelación:
       • Primera ronda: hasta 48/50 horas.
       • Segunda ronda: hasta 60 horas como máximo.

Aclaraciones específicas:

  • Las horas de apoyo a Laboratorio deberán ofrecerse únicamente a docentes de la asignatura correspondiente (Física, Química o Biología), hasta la categoría IIIC, de acuerdo con lo dispuesto en las Pautas de elección – designación con efecto al año 2025, página 12.
  • Las horas de apoyo en funciones de POP serán ofrecidas exclusivamente a docentes efectivos, hasta el grado 1, según lo indicado en las Pautas de elección – designación con efecto al año 2025, páginas 21 y 22.
  • No se podrá renunciar a horas de clase - cargo para optar por horas de apoyo.

Remisión de documentación:

Finalizado el procedimiento de ofrecimiento, el Liceo o la CODED, según corresponda, deberá enviar por correo electrónico a magarcia@ces.edu.uy c/c a rflores@cesedu.uy las siguientes actas:

  • Acta de ofrecimiento.
  • Acta de toma de posesión, indicando turno.

La designación será gestionada en el Sistema Corporativo con la fecha de recepción de dicha comunicación. Es responsabilidad del centro educativo remitir la documentación a la mayor brevedad posible, a efectos de garantizar el cobro desde la fecha de designación. No se realizarán designaciones retroactivas.