En el marco de sus cometidos y competencias, el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública ha visto necesario y pertinente incorporar la Educación Sexual en el Sistema Educativo Formal en el ámbito de la formación integral de la niñez y adolescencia. La misma se expresa en la Resolución No. 4, Acta Ext. No. 35 del 14 de diciembre de 2005, en la que se resuelve “...crear una Comisión de Educación Sexual…” y “...asignarle como cometido principal la elaboración de un Proyecto sobre Educación Sexual para la educación pública uruguaya…”
Esta Resolución se basa en:
- lo expresado en la Constitución de la República y la normativa nacional específica que refieren al derecho a la educación.
- el cumplimiento de los deberes asumidos por nuestro país al suscribir y ratificar la Carta Universal de los Derechos Humanos, la Convención de los Derechos del Niño y la Convención contra toda Forma de Discriminación de la Mujer, entre otras.
- su papel en la construcción de ciudadanía y de promoción de la titularidad de Derechos Humanos en el estudiantado.
- su contribución al bienestar de estudiantes.
En Educación Secundaria se crea la figura de Profesor/a Referente de Educación Sexual quién trabajará, en forma transversal, con docentes de las diferentes asignaturas en cada centro liceal, además de hacerlo con madres, padres, representantes de adolescentes y en talleres específicos con estudiantes.