Dejar sin efecto las normas citadas en los Considerados I y II y todas aquellas que se opongan a la presente resolución y disponer que los funcionarios docentes y no docentes de DGES, podrán ejercer su libertad de expresión siempre que no atente contra el honor, la intimidad, la propia imagen o inciten a la discriminación, el odio o la violencia o ventilen información clasificada o pongan en riesgo la estabilidad del país, el orden público, o que difundan información falsa o engañosa que incite a la propaganda pro guerra..."