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Comunicado a los Centros Educativos – Elección cargos Dirección y/o Subdirección por Art. 20 del E.F.D.

Concluidos los actos de Elección/Designación correspondientes a la 2da. Ronda de Efectivos, se deberá proceder a cubrir los cargos vacantes de Dirección y/o Subdirección existentes por Art. 20 – E.F.D., con la anuencia del Inspector de Institutos y Liceos correspondiente.

La Dirección de Gestión y Soporte a la Enseñanza (DGSE) comunica que una vez finalizados los actos de Elección/Designación correspondientes a la 2da. Ronda de Efectivos, se deberá proceder a cubrir los cargos vacantes de Dirección y/o Subdirección existentes por Art. 20 – E.F.D., con la anuencia del Inspector de Institutos y Liceos correspondiente. Para ello, cada Centro Educativo debe efectuar la Convocatoria y ofrecimiento interno a Docentes EFECTIVOS, ordenados según lo establecido en el Art. 13 del E.F.D., (se tomará a tal efecto el mayor grado/puntaje que el docente haya obtenido en los escalafones que integra).

La provisión de vacantes de Dirección y Subdirección por Art. 20 constituye un mecanismo de excepcionalidad, por ello no podrán optar por dichos cargos en estas condiciones aquellos docentes que se encuentran en usufructo de licencia.

Las actas de ofrecimiento, aceptación, así como el ordenamiento, deberá ser enviado por mail a la Dirección de Gestión y Soporte a la Enseñanza (dgysoportealae@ces.edu.uy , c/c rflores@ces.edu.uy) a efectos de su registro en el Sistema Corporativo.