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Convocatoria para desempeñarse en Encargatura o Subrogación de “Secretario de Liceo ” 2026 se autoriza de forma excepcional la inscripción para el registro de encargaturas los días 25 y 26 de Febrero.

La Dirección de Gestión Administrativa llama a inscripción a funcionarios del Escalafón "C" de la DGES, interesados en desempeñarse como Encargados de Secretaría, en la modalidad de Encargatura o Subrogación.

Requisitos obligatorios:

1.- Poseer tres años lectivos o más de antigüedad en el cargo de Administrativo o haber estado ocupando Encargaturas o Subrogaciones de Secretaría de Liceo, al 28 de febrero de 2026.

Entiéndase por año lectivo, el que comprende entre el 01 de marzo y el 28 de febrero del año siguiente.

2.- Tener un puntaje mínimo de 80 pts. en promedio, entre las dos últimas Juntas Calificadoras Homologadas.

Los funcionarios serán ordenados de acuerdo al criterio:

1) Integrantes de la Lista de Homologada y por el mismo orden de prelación, por Resolución Nº 334 del 19/02/2025 recaída en el Exp.: 2024-25-3-009759, del Llamado a Concurso de Oposición y Méritos de ascenso, para el cargo de Secretario de Liceo, Escalafón C, Grado 10.

2) Presupuestados

  • Última Junta Calificadora homologada.

  • Ingreso a la DGES.

3) Contratados

  • Última Junta Calificadora homologada.

  • Ingreso a la DGES

De dicho ordenamiento surgirá una nómina de habilitados para convocar a ocupar vacantes de Secretario de Liceo.

La nómina y el ordenamiento tendrá validez hasta mayo de 2027.

Las inscripciones se realizarán a través del formulario ubicado en el Portal de Servicios, con el nombre: Llamado a Registro para desempeñar Encargaturas de Secretaría 2026. Se deben de completar todos los campos.

Período de inscripción, desde el 25/02/2026 hasta el 26/02/2026 inclusive.

Los funcionarios integrantes de la Lista de Homologada por Resolución Nº 334 del 19/02/2025 recaída en el Exp.: 2024-25-3-009759, del Llamado a Concurso de Oposición y Méritos de ascenso, para el cargo de Secretario de Liceo, Escalafón C, Grado 10, no deben de inscribirse.

Destacamos:

1. Todas las vacantes que se ofrezcan, serán en carácter de Encargatura.

2. La designación será hasta nueva Resolución o reintegro del titular. En el caso de las vacantes puras, dependerá del proceso de traslados y del ofrecimiento a una lista de concursantes, si la hubiera.

3. Ningún Secretario podrá dejar su cargo para acceder a Funciones de Encargatura o Subrogaciones de Secretaría.

4. La permanencia en la función estará sujeta también al buen desempeño y a la asistencia regular. 5. El Administrativo que acceda a una función temporal no generará derechos permanentes en la misma.

6. Los administrativos que desempeñándose en alguna Encargatura o Subrogación en el presente año hayan renunciado a la misma, no podrán elegir a otra hasta pasados los 60 días.