El sábado 18 de abril se celebran las Elecciones de Delegados de las Asambleas Nacionales de Docentes (ATD). En consideración al Artículo N.° 3 del Reglamento para la elección de delegados a las Asambleas Nacionales de Docentes de la Administración Nacional de Educación Pública, se convoca a todos y todas las docentes, de docencia directa e indirecta, integrantes de todos los subsistemas de la ANEP, que tengan la calidad de efectivos, y o interinos con un año de antigüedad como mínimo al 31 de diciembre de 2025.
¿Quiénes votan?
Todos y todas las docentes, de docencia directa e indirecta, integrantes de todos los subsistemas de la ANEP, que tengan la calidad de efectivos, y o interinos con un año de antigüedad como mínimo al 31 de diciembre de 2025.
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¿Hay sanción por no votar?
Sí. Las personas habilitadas para votar que no lo hicieren, y que tampoco justificaren estar amparadas por alguna de las eximentes previstas, serán pasibles de una sanción pecuniaria de 5 (cinco) Unidades Reajustables, cuyo importe se determinará a la fecha de la elección.
Reglamento sobre la aplicación de sanciones a los no votantes
¿Qué se vota?
Se votan delegados/as a la Asamblea Nacional de Docentes de Educación Secundaria. La Asamblea está compuesta por 190 delegados/as, de los cuales:
- 95 serán electos en circunscripción nacional
- 95 serán electos en las circunscripciones departamentales, a razón de 5 por departamento.
¿Cómo se vota?
- Cada elector/a debe dirigirse a la Comisión Receptora de Votos correspondiente, dispuesta por la Corte Electoral, acreditar su identidad con la credencial cívica o la cédula de identidad. Plan Circuital
- La Comisión Receptora de Votos comprobará, por medio del Padrón de Habilitados, si el/la votante está en condiciones para sufragar en el circuito. Quien no figure en el padrón NO PODRÁ SUFRAGAR.
- Luego se le entregará un sobre, a través del cual podrá emitir su voto. El voto puede emitirse colocando en el sobre:
- 1 hoja correspondiente a la circunscripción nacional (en esta elección: Lista 201 o Lista 202)
- 1 hoja correspondiente a la circunscripción departamental (ver listado por departamento)
Hojas de votación registradas
Voto por correo
Se podrá votar por correo solo en los casos en los que no funcione una Comisiones Receptoras de Votos, en la localidad del votante. El voto por correspondencia para las Elecciones de ATD 2026 se podrá llevar a cabo el día previo, el día 17 de abril, en las Agencias del Correo Uruguayo habilitadas.
Para efectuar el voto el elector debe presentar:
-cédula de identidad o credencial cívica
-hojas de votación.
El votante deberá identificarse ante el funcionario de la Agencia, quien tomará los datos necesarios para acreditar el voto.
Es de relevancia recordar que la Elección es de carácter secreto, personal y obligatorio, según el Artículo N.° 32 del Reglamento.
La importancia de llevar a cabo las elecciones radica en seguir fortaleciendo la herramienta por la que los y las docentes pueden asegurar su participación activa en la vida orgánica del sistema educativo, desde la aprobación de la Ley de Educación Nº 15.739 de 1985. Se recuerda que las Asambleas Docentes constituyen órganos públicos deliberantes con facultades de iniciativa y funciones asesoras y consultivas en asuntos técnico - pedagógicos de la rama de enseñanza a la que pertenecen y en temas de educación general.
Para mayor información se solicita consultar el sitio web de la Corte Electoral.
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