Consejo Directivo Central, en la cual dispone que los funcionarios docentes citados por la Corte Electoral para integrar en calidad de titulares o suplentes las Comisiones receptoras de votos en actos eleccionarios, podrán usufructuar los días de licencia previstos legalmente al amparo del Art. 70.10 del EFD .pdf
Año
2019
N. Circular
3489