Nota Circular Nº 5/15 Exp: 100/14 y ags. alp
Montevideo, 17 de marzo de 2015
SR. DIRECTOR O JEFE DE:
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Pongo en su conocimiento que el Consejo de Educación Secundaria en Sesión Nº8 de fecha 26 de febrero de 2015, dictó la siguiente Resolución que en lo pertinente se transcribe:
"VISTO: estas actuaciones por las que la Institución Educativa YVYNARÁ del Depto de Cerro Largo, solicita habilitación para el dictado de los cursos de Ciclo Básico Plan 2006, a partir del año lectivo 2010;
CONSIDERANDO: 1) que las solicitudes fueron presentadas en tiempo y forma cumpliéndose los trámites administrativos de rigor;
2) que las diferentes Inspecciones de Asignaturas intervinientes dan su aprobación para los cursos y docentes propuestos;
3) que la docente propuesta para la Dirección cumple con los requisitos establecidos por la normativa vigente para el desempeño del cargo (Ordenanza 14, Circulares 2289/97 y 2670/05 y Oficio 294/13);
4) que por su parte Dirección Sectorial de Infraestructura aconseja conceder la habilitación provisoria desde el punto de vista edilicio hasta tanto sean levantadas las observaciones formuladas oportunamente;
5) que División Jurídica manifiesta que la documentación de la institución se encuentra ajustada a derecho por lo que no presenta objeciones para su habilitación;
6) que División Inspección propone como Liceo Adscriptor al Liceo N°1 de Melo, Cerro Largo;
7) que asimismo se solicita la autorización para la aplicación de un Plan Diferencial para la Asignatura Inglés, no oponiéndose reparos por parte de la Inspección de Asignatura correspondiente;
ATENTO: a lo expuesto;
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA RESUELVE:
1) Otorgar la habilitación desde el punto de vista técnico pedagógico en carácter provisorio, al Liceo Privado YVYNARÁ del Depto de Cerro Largo para el dictado de los cursos y a partir de las fechas que en cada caso se indica:
1eraño de CB Plan 2006 a partir del año lectivo 2010,
2° año de CB Plan 2006 a partir del año lectivo 2011,
3eraño de CB Plan 2006 a partir del año lectivo 2012.
2) Autorizar la aplicación del plan diferencial para la asignatura Inglés para los cursos que se habilitan según la propuesta elevada.
3) Establecer que el Liceo Adscriptor para el referido centro de estudios será el Liceo Departamental de Cerro Largo (Melo 1)".
FIRMADO POR: DRA. MARÍA BEATRIZ BELLO.- Secretaria General.