OFICIO No. 451/15
Exp. 3/8342/15
sr
Montevideo, 9 de noviembre de 2015
SEÑOR DIRECTOR O JEFE DE.........................................................................................
Pongo en su conocimiento Acta No.60 de fecha 29 de octubre de 2015 Resolución N°154 del Consejo de Educación Secundaría,
VISTO: estos obrados mediante los cuales se plantea la necesidad de ampliar la contratación de los Servicios de Vigilancia Especial al amparo del Art. 222 en los Liceos del interior del país;
CONSIDERANDO: I) que por resolución de fecha 30 de julio de 2015 adoptada en Sesión N° 45 el Organismo prorrogó los citados servicios en los Liceos que se mencionan de fs. 2 a 5, hasta el 31 de octubre del corriente año;
II) que a fin de no resentir la prestación ofrecida se hace necesario darle continuidad a los mismos;
III) que con fecha 30 de octubre de 2015 División Hacienda informa que existe disponibilidad de crédito presupuestal para atender la erogación de obrados en el Grupo 2 “Servicios no Personales”, Decreto 24/99, Inciso 25, Programa 03, Ejercicio 2015;
ATENTO: a lo previsto en los Artículos 28, 29, 33 Literal B) del TOCAF (Decreto 150/2012);
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, RESUELVE:
Prorrogar el Servicio de Vigilancia Especial al amparo del Art. 222, en los Liceos del Interior del País a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre del presente año, en el régimen horario que se establece en planillado que luce agregado de fs. 2 a 5.
FIRMADO POR: PROF. LUIS GENTA – PROSECRETARIO GENERAL.-
Planillado 222. Liceos del Interior.-