OFICIO No.200/15
EXP:5063/15
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Montevideo,2 de junio de 2015.
SEÑOR DIRECTOR O JEFE DE...........................................................................................................
Pongo en su conocimiento que el Consejo de Educación Secundaria en Sesión No.28 de fecha 28 de mayo de 2015, dictó la siguiente resolución que en lo pertinente se transcribe:
“VISTO:la Resolución Nº 67 del Acta Nº 29, de fecha 29 de abril de 2014, adoptada por el Consejo Directivo Central;
CONSIDERANDO: I) que por el citado Acto Administrativo, el Órgano Rector autoriza a las Divisiones Hacienda de los Consejos Desconcentrados y al Área de Contabilidad Financiera del Programa 01 a efectuar la liquidación y pago, con cargo al Fondo de Inasistencias, a los docentes que se desempeñan en la ANEP, citados por la Corte Electoral, que actúen en calidad de titulares o suplentes de las mesas receptoras de votos el 10 de mayo de 2015 y que hayan optado por no usufructuar los días de licencia previstos legalmente, de una partida equivalente a $ 4.000 (pesos uruguayos cuatro mil) o $1600 (pesos uruguayos un mil seiscientos) nominales, según se trate de titular o suplente respectivamente;
II) que asimismo establece que quienes opten por la licencia deberán usufructuarla en los días inmediatos, previos o posteriores, a la licencia anual reglamentaria;
III) que se establece que no afectará el presentismo la inasistencia de los funcionarios de la ANEP que no concurran a sus tareas el 11 de mayo de 2015, siempre y cuanto efectivamente hayan trabajado en mesas receptoras de votos en el acto eleccionario del día 10 de mayo;
ATENTO:a lo expuesto;
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA RESUELVE:
Dar a publicidadla citada Resolución del Órgano Rector.”
FIRMADO POR:DRA.MARÍA BEATRIZ BELLO.-Secretaria-General.-
CODICEN resolución del pago por trabajar en las mesas receptoras