OFICIO No.422/12
EXP:9448/1012
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Montevideo, 10 de octubre de 2012,
SEÑOR DIRECTOR O JEFE DE...........................................................................
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Pongo en su conocimiento que el Consejo de Educación Secundaria en Sesión No. 64 de fecha 9 de octubre de 2012, dictó la siguiente resolución:
“VISTO: el exp. 3/9448/2012 por el que se plantea la situación generada con las subcuentas corrientes utilizadas por algunos Liceos, que quedan sin abonar ante la Administración Nacional de Correo;
CONSIDERANDO: 1) que desde el año 1998 esta dispuesto que los gastos por envíos a través del Correo deben ser abonados al contado por las Direcciones Liceales;(Oficio Mimeografiados Nos.315/98 y 8336/2008)
2) que División Hacienda a fojas 6 manifiesta que la Administración Nacional de Correos propone la cancelación de las subcuentas dirigiendo de esta manera el uso del servicio de correo únicamente a través de pago contado;
3) que se estima pertinente proceder al cierre de las subcuentas, evitando así continuar generando deudas con la Administración referida;
ATENTO: a lo expuesto;
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA RESUELVE:
Cancelar las subcuentas corrientes en la Administración Nacional de Correos pertenecientes al CES, estableciendo que los gastos por el uso del correo, serán asumidos por las Direcciones Liceales mediante el pago contado.”
FIRMADO POR:PROF. BLANCA GRACIEAL MERCAPIDE.-SECRETARIA-GENERAL.-