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RC 52/06/2014 OFICIO 358/2014

OFICIO No.358/14

RC: 52/06/2014    

RR                         

Montevideo, 21 agosto de 2014

SEÑOR DIRECTOR O JEFE DE..................................................................................................

 

       Pongo en su conocimiento que el Consejo de Educación Secundaria en Sesión de fecha 19 de agosto de 2014, dictó la siguiente resolución :

 

        “VISTO: el Llamado a aspiraciones para proveer cargos en Interinato de Inspectores Coordinadores Regionales Grado 4 en el Consejo de Educación Secundaria, convocado por Exp. Nº 3/16725/13, S.C. Nº 89, de fecha 26 de diciembre de 2013;

         RESULTANDO: 1) que por R.C. Nº 32/05/14, se homologa lo actuado por el Tribunal que entendió en el referido Llamado, aprobándose el orden de prelación por zona entre quienes resultaran habilitados en el proceso de selección, los cuales deberán tomar posesión en la próxima elección de cargos;

                                     2) que en el Art. 2 de las Bases para el Llamado, se establece que el mismo es de carácter regional por lo que el aspirante al momento de la toma de posesión del cargo, deberá residir en uno de los departamentos que integre la Regional del CES por la que opte elegir cargo;

          CONSIDERANDO: 1) que dada la extensión de las Regiones es previsible que la residencia de algunos Inspectores pueda no coincidir con el departamento de la Sede por la que optaren;

                                           2) que en tal sentido, se estima pertinente adaptar las Bases del referido Llamado a lo dispuesto por R.C. Nº 77/14/08, de fecha 20 de noviembre de 2008, por la cual se aprueba el Documento de Regulación del Sistema de Vales para Abonos Docentes del CES;

                                            3) que asimismo, corresponde regular lo relativo al cobro de viáticos;

          ATENTO: a lo expuesto;

          EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, RESUELVE:

         I) Autorizar al Grupo de Trabajo de Trasporte a emitir Vales para Abonos Docentes a favor de los Inspectores Coordinadores Regionales que residan en alguno de los departamentos de su región, pero fuera del que corresponde a la Sede.

          II) Establecer que en ningún caso corresponderá el pago de viáticos, exceptuando aquellos en los cuales, cuando en ejercicio de sus funciones, los Inspectores realicen giras o visitas a Liceos o Dependencias distantes de su Sede, debiendo pernoctar en una localidad que no coincida con la misma, previéndose el reintegro de los gastos efectuados..”

 

FIRMADO POR:DRA.MARÍA BEATRIZ BELLO.-Secretaria-General.-

Tipo de norma