CIRCULAR No. 3226
RC. 61/6/14
sr
Montevideo, 19 de setiembre de 2014
SEÑOR DIRECTOR O JEFE DE.........................................................................................
Pongo en su conocimiento que el Consejo de Educación Secundaria en Sesión de fecha 18 de setiembre de 2014, dictó la siguiente Resolución que en lo pertinente se transcrobe:
VISTO:Oficio N°239/2014 División Inspección eleva el texto de la Reglamentación de las partidas de Alimentación y locomoción de los funcionarios que deban cumplir tareas fuera de su lugar habitual de residencia;
CONSIDERANDO: 1) que el documento se elaboró y eleva para aprobación, debido a que en el marco del proceso de regionalización de la Inspección Docente se han generado los conceptos de “Sede Central” y “Sedes Regionales”;
2) que este Consejo entiende pertinente el texto elevado, el cual se comparte y forma parte de la presente;
3) que a los efectos de establecer parámetros claros para la tramitación y ejecución de las órdenes de pasajes y viáticos correspondientes, es necesario dar difusión al criterio ha ser utilizado a partir de la presente;
ATENTO:a lo expuesto;
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA RESUELVE:
Aprobar los criterios propuestos por la Inspección General Docente referidos a las partidas de alimentación y locomoción de los funcionarios que deban cumplir tareas fuera de su lugar habitual de residencia, los cuales se explicitan en oficio 239/2014 que se adjunta y forma parte de la presente resolución.
FIRMADO POR: DRA. MARIA BEATRIZ BELLO – SECRETARIA GENERAL
Reglalmentación para la partida de alimentación y locomoción