OFICIO No.26/13
R.C.5/1/13
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Montevideo, 7 de febrero de 2013.
SEÑOR DIRECTOR O JEFE DE........................................................................................................
Pongo en su conocimiento que el Consejo de Educación Secundaria en Sesión de fecha 5 de febrero de 2013, dictó la siguiente resolución:
“VISTO: Que según RC. 81/06/12 de fecha 13 /12/2012 se ratificó la designación de Profesores Referentes de Educación Sexual que se desempeñaron satisfactoriamente y que poseen informes favorables en el desempeño de su actividad durante el año lectivo 2012.
RESULTANDO: Que se cubrieron la mayoría de las vacantes existentes.
CONSIDERANDO: I) Que, no obstante, permanecen algunos centros educativos sin Profesor/a Referente.
II) Que la carga horaria propuesta para el profesor/a Referente en Educación Sexual es de 10 horas semanales correspondientes al costo horario de 2do.ciclo tiempo extendido y en el grado en que revista el profesor designado, de acuerdo con lo aprobado por RC.11/34/08 de fecha 11/3/2008, comunicada por Oficio Nº1055/08.
ATENTO: A lo expuesto.
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA RESUELVE:
I) Convocar a docentes habilitados que integran las listas de Referentes en Educación Sexual en aquellos Departamentos y Liceos cuyo detalle se menciona en el numeral III), de la presente resolución a presentarse a optar por horas en la elección que se efectuará en la fecha y horario que la Comisión de Elección de horas determine y no más allá del 1 de marzo del presente año.
II) Que cumplida la precedente instancia las Direcciones de los Liceos deberán remitir al Departamento Docente con preferente diligenciamiento Acta de Ofrecimiento con el fin de asignarles las horas.
III) Que las vacantes a ofrecer radican en los Liceos que se mencionan a continuación:
INTERIOR
ARTIGAS: Tomás Gomensoro.
CERRO LARGO: Fraile Muerto y Río Branco.
COLONIA: Nº 2 de Colonia y Ombúes de Lavalle.
DURAZNO: Nº3 de Durazno, Blanquillo, La Paloma Rural y Sarandí del Yí.
FLORES: Nº1 y Nº2 de Flores e Ismael Cortinas.
FLORIDA: Nº1, Nº2, Nº3 de Florida, Capilla del Sauce, Cardal, Casupá, Cerro Colorado, Fray Marcos, Mendoza, Sarandí Grande, 25 de Agosto y 25 de Mayo.
MALDONADO: Pan de Azúcar yNº1 de San Carlos.
RIO NEGRO: Nuevo Berlín, Pueblo Grecco (CEI), Young Nº1 y Nº2.
RIVERA: Nº1, Nº4 y Nº7 de Rivera y Cerro Pelado .
ROCHA: Cebollatí, Chuy Nº2 y Lascano.
SALTO: Nº1 y Nº6 de Salto.
SAN JOSE: Nº1 de San José, Libertad, Playa Pascual y Rincón de la Bolsa.
SORIANO: Nº1 y Nº2 de Dolores y Palmar.
TACUAREMBO: Paso de los Toros Nº2.
TREINTA y TRES: Nº2 de Treinta y Tres.
IV) Disponer que las Direcciones de los Establecimientos mencionados deberán tomar en cuenta que los docentes propuestos no podrán superar el tope de las 48 horas semanales de labor y que deberán tener disponibilidad horaria en los turnos correspondientes, NO pudiendo en aquellos casos liberar horas de clase por las adjudicadas.”
FIRMADO POR :PROF. ANAY ACOSTA.-SECRETARIA-GENERAL.-