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Hogar constituido

Los funcionarios casados, en concubinato reconocido judicialmente o con familiares a cargo hasta el segundo grado de consanguinidad inclusive tienen derecho a percibir una prima por hogar constituido. La solicitud debe presentarse dentro de los sesenta días de producido el hecho que dio origen a su percepción. Pasado ese plazo, se abonará solamente desde la fecha de presentación. 

Por otro lado, si el funcionario acumula más de un cargo, el beneficio es abonado con la retribución mayor que perciba. Asimismo, si en el núcleo familiar hay más de un empleado público, el beneficio corresponde solamente a aquel que reciba la mayor remuneración.

Cómo realizar la solicitud

1. Enviar escaneada la siguiente documentación a los correos que se detallan en el punto 2:

  • Declaración de situación funcional con solicitud del ítem “Hogar constituido”. Se deben completar, sin excepción, todos los datos del familiar a cargo: por ejemplo, si alguno de ellos no trabaja, en la columna “organismo/dependencia” debe decir “desocupado”.
  • Si el funcionario o su familiar a cargo tiene otro empleo público, debe presentar un negativo de ese empleo que certifique que no percibe tal beneficio.

2. Correos:

  • consultasdhf@ces.edu.uy: para adscriptos, preparadores, POB, POP, subdirectores y directores
  • haciendafuncionarios@ces.edu.uy: para administrativos, auxiliares, pasantes y becarios
  • consultasdd@ces.edu.uy: para docentes que desempeñan la docencia directa

También se puede presentar la documentación en el lugar de trabajo en que se desempeña el solicitante y pedir que la remitan a División Hacienda o presentarse directamente en División Hacienda de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 h (Rincón 660). 

Formulario

Declaración jurada de prima por hogar constituido 

Oficina encargada

División Hacienda | Departamento de Liquidaciones

Contacto

Teléfonos: 2 916 32 12 - 2 916 32 36