La prima por matrimonio es una cantidad fija percibida por el funcionario al contraer matrimonio. El matrimonio dará derecho a percibir una sola prima por matrimonio por uno de los cónyuges.
Requisitos para realizar la solicitud
Poseer un año de antigüedad en el cargo a la fecha del casamiento.
Cómo realizar el trámite
Enviar escaneados los siguientes documentos a los correos que se detallan a continuación, antes de los 60 días de ocurrido el matrimonio civil (se contabilizan días corridos):
- Declaración de situación Funcional con solicitud y firma del cónyuge que renuncia al cobro del beneficio
- Partida de matrimonio, ya sea el original escaneado o una fotocopia autenticada
- Si el funcionario o su cónyuge tienen otro empleo público, debe presentar un negativo de ese empleo que certifique que no percibe tal beneficio
Correos:
- consultasdhf@ces.edu.uy: adscriptos, preparadores, POB, POP, subdirectores y directores.
- haciendafuncionarios@ces.edu.uy: administrativos, auxiliares, pasantes y becarios.
- consultasdd@ces.edu.uy: docentes que desempeñan la docencia directa.
También se puede presentar la documentación en el lugar de trabajo en que se desempeña el solicitante y pedir que la remitan a División Hacienda o presentarse directamente en División Hacienda de lunes a viernes de 9.00 a 17.00 h (Rincón 660).
Oficina encargada
División Hacienda | Departamento de Liquidaciones
Contacto
Teléfonos: 2 916 32 12 - 2 916 32 36