La prima por nacimiento es la cantidad fija percibida por el funcionario al momento del nacimiento, la legitimación adoptiva o la adopción de un hijo. No se exige antigüedad en el cargo.
Cómo realizar el trámite
Enviar escaneados los siguientes documentos a los correos que se detallan a continuación, antes de los 60 días de ocurrido el nacimiento (se contabilizan días corridos):
- Declaración de Situación Funcional con solicitud y firma del cónyuge que renuncia al cobro del beneficio
- Partida de nacimiento, ya sea el original escaneado o una fotocopia autenticada
- Si el funcionario o su cónyuge tienen otro empleo público, debe presentar un negativo de ese empleo que certifique que no percibe tal beneficio.
Correos:
- consultasdhf@ces.edu.uy: adscriptos, preparadores, POB, POP, subdirectores y directores.
- haciendafuncionarios@ces.edu.uy: administrativos, auxiliares, pasantes y becarios.
- consultasdd@ces.edu.uy: docentes que desempeñan la docencia directa.
También se puede presentar la documentación en el lugar de trabajo en que se desempeña el solicitante y pedir que la remitan a División Hacienda o presentarse directamente en División Hacienda de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 h (Rincón 660).
Oficina encargada
División Hacienda | Departamento de Liquidaciones
Contacto
Teléfonos: 2 916 32 12 - 2 916 32 36