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Trámite jubilatorio

Es el trámite que deben realizar aquellos funcionarios que tienen voluntad de jubilarse. Quienes tienen domicilio constituido en Montevideo deben iniciarlo en el Departamento de Gestión Previsional. En cambio, a quienes lo constituyen en el interior del país les corresponde comenzarlo en la oficina del Banco de Previsión Social (BPS) de su localidad con previa agenda.

También se gestiona e interviene en el procedimiento del protocolo de imposibilidades físicas. Una vez que la junta médica de la ANEP constata la incapacidad, previa gestión ante el Departamento de Gestión Previsional, se solicita que realice los trámites correspondientes en la División Salud del BPS (evaluación de incapacidad). 

Cómo realizar el trámite

1. Para iniciar el expediente jubilatorio en el Departamento de Gestión Previsional de la Dirección General de Educación Secundaria, el interesado debe:

  • ser funcionario activo de la DGES;
  • tener domicilio constituido en el departamento de Montevideo;
  • tener una constancia de actuación emitida por Departamento Docente o por Funcionarios de Gestión.

2. Agendar día y hora a través de la agenda web del Departamento de Gestión Previsional de la DGES y especificar el tipo de trámite a realizar:

  • Iniciar expediente jubilatorio común o por incapacidad
  • Agregar documentación
  • Asesorarse para iniciar expediente
  • Presentar renuncia o amparo a subsidio por incapacidad

3. Presentarse en el Departamento de Gestión Previsional en el horario agendado con la siguiente documentación:
 

  • cédula de identidad;
  • constancia de actuación emitida por Departamento Docente o Funcionarios de Gestión de la DGES;
  • constancia del Fondo de Solidaridad Ley N.° 16.524 si es profesional universitario;
  • formulario de testigos en caso de aportar testigos a la declaración del expediente jubilatorio;
  • partida de nacimiento de sus hijos con antigüedad no mayor a 30 días (en el caso de las mujeres). En caso que sus hijos no estén registrados en la web de BPS, se le solictará partida de nacimiento (expedida no antes de 30 dias) y la copia de la cédula de identidad de cada hijo. 
     

Asimismo, en caso de tener una actividad patronal, el funcionario debe concurrir a ATyR de BPS para conocer su situación contributiva.

4. Para presentar renuncia por jubilación, el interesado debe tener el derecho jubilatorio otorgado por el BPS y presentar el formulario de renuncia con tres meses de anticipación.

5. Para presentar solicitud de subsidio transitorio por incapacidad, el BPS debe haberse expedido en ese sentido.

6. Para solicitar reintegro percibiendo el subsidio transitorio (con 6 meses de antelación a su culminación), se debe completar el formulario de reintegro de subsidio transitorio.

7. Para ubicar el expediente jubilatorio, se debe acceder a la web de BPS.

Formularios

Oficina encargada

Departamento de Gestión Previsional

Contacto

Teléfono: 2917 0692 o 2916 3212 int. 223 y 218 
Mail: gprevisional@ces.edu.uy