Se trata de una licencia que se otorga a los funcionarios docentes y de gestión que participan como integrantes de mesas receptoras de votos, ya sea como miembros titulares o suplentes, tras citación de la Corte Electoral. Los titulares generan cinco días hábiles, mientras que los suplentes, dos. El trámite se debe realizar en un solo lugar dentro de ANEP.